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Esta es la sorprendente novedad que beneficia a los coches con Etiqueta B

Esta es la sorprendente novedad que beneficia a los coches con Etiqueta B

El 1 de julio de 2024 entró en vigor la nueva normativa de las ZBE de Madrid. Sin embargo, hay una novedad que ayuda a los coches con distintivo B de la DGT.

El 30 de junio de 2024 concluyó el plazo de aviso por parte de la capital madrileña para todos aquellos vehículos que no disponen de un distintivo ambiental de la DGT, también conocidos como el distintivo A. Es decir, a partir del 1 de julio de 2024, el consistorio madrileño ha empezado a imponer sanciones de hasta 200 euros a aquellos conductores que no cumplen la normativa. 

Las restricciones de las Zonas de Bajas Emisiones en Madrid 

Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) son áreas protegidas en las vías de la Comunidad de Madrid, donde se “prohíbe el acceso y la circulación a todos los vehículos clasificados como ambientales A en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico”, según informa el Ayuntamiento de Madrid.

El objetivo principal es limitar el acceso a aquellos vehículos que no son sostenibles en materia de emisiones de carbono, es decir, que no cumplen con los estándares sostenibles, con el fin de tener una ciudad libre de contaminantes. 

En este sentido, Madrid cuenta con dos ZBE de especial protección (ZBEDEP): Distrito Centro y Plaza Elíptica. Asimismo, cabe resaltar que ha habido diferentes fases en dicha normativa, las cuales comienzan en 2022. 

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  • Desde el 1 de enero de 2022, se prohíbe el acceso y la circulación en las vías urbanas dentro de la M-30, excluyendo la propia M-30, a vehículos con clasificación ambiental A, es decir, sin etiqueta de la DGT.
  • A partir del 1 de enero de 2023, estos vehículos tampoco pueden circular por la M-30 ni su interior.
  • Desde el 1 de enero de 2024, los vehículos sin etiqueta no pueden acceder ni circular por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.
  • A partir del 1 de enero de 2025, solo podrán acceder a la ZBE de Madrid los vehículos adaptados para personas con movilidad reducida, coches históricos y los vehículos de emergencias y Fuerzas Armadas.

¿Qué coches no pueden entrar en la M-30 y en la M-40? 

Los coches sin distintivo ambiental, como decíamos. Es decir, los gasolina matriculados antes de enero de 2000 y los diésel anteriores a 2006, además de los que no estén empadronados en la capital o registrados en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). 

Hasta ahora, el Ayuntamiento de Madrid ha enviado más de 350.000 cartas informativas a aquellos propietarios de vehículos que han entrado a las ZBEDEP sin autorización. Pero, como decimos, a partir del 1 de julio de 2024, los avisos se han convertido en multas de hasta 200 euros, con posibilidad de pagar 100 con pronto pago. 

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Por ende, los vehículos sin distintivo podrán atravesar Madrid utilizando las vías M-40, M-45 y M-50, así como también las autovías radiales hasta el límite de la M-40, las cuales están exentas de restricciones. 

Restricciones ZBE de los coches con distintivo B de la DGT 

Esta es la sorprendente novedad que beneficia a los coches con Etiqueta B

Los vehículos con etiqueta B se refieren a los coches y furgonetas ligeras de gasolina matriculados a partir de 2001, así como a los vehículos diésel similares registrados desde 2006. También incluye a los vehículos de más de 8 plazas y aquellos destinados al transporte de mercancías, independientemente del tipo de combustible, siempre que hayan sido matriculados desde 2006.

En este contexto, tanto los vehículos con etiquetas ambientales B como C pueden circular sin restricciones, siempre y cuando se estacionen en zonas de aparcamiento regulado. Es importante mencionar que se impondrán multas a los vehículos no residentes, es decir, aquellos que no estén registrados en la Comunidad de Madrid.

En relación a los coches, no se permitirá el acceso a las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) a menos que:

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  • Se estacionen en un parking de uso público.
  • El propietario esté empadronado en el Distrito Centro y el vehículo esté registrado en Madrid.
  • Sean propiedad de una empresa o autónomo que opere en un local u oficina situada en el Distrito Centro, o si se trata de un invitado de ellos.
  • Estén destinados al transporte de personas con tarjeta de estacionamiento para movilidad reducida.
  • El propietario tenga una plaza de garaje particular o sea cesionario o arrendatario de una plaza de aparcamiento municipal para residentes en el Distrito Centro.
  • Se trate de un VTC con un servicio contratado previamente con origen o destino en la ZBEDEP, y esté adaptado para personas que viajan en su propia silla de ruedas. El vehículo debe estar destinado a este uso antes del 24 de octubre de 2018.
  • Se utilice para dejar o recoger a alumnos de educación infantil, primaria o secundaria que lo necesiten.
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La novedad que permite a los coches con distintivo B acceder a las ZBE

Como decimos, los coches con etiqueta B y C pueden entrar en las Zonas de Bajas Emisiones, a diferencia de los vehículos que carecen de distintivo, pero con una salvedad: han de estacionar en un aparcamiento concertado con el Ayuntamiento de Madrid. 

Como era de esperar, muchos conductores han optado por entrar a un parking, estar un minuto y salir, con el fin de que no les multen por circular por estas ZBE con coches con etiqueta B y C. Esto ha hecho que muchos parkings sean conscientes de ello, por lo que han optado por aumentar los precios para aquellos que entran y salen. 

En este sentido, lo que antes entrar y salir te costaba céntimos, ahora cuesta en torno a los 4-5 euros. Asimismo, cabe resaltar que, al mismo tiempo que los vehículos sin distintivo tienen prohibida la entrada en las ZBE, se esperaba lo mismo de los de etiqueta B. 

Sin embargo, la Dirección General de Tráfico (DGT), les ha dado un respiro, y les ha beneficiado con la posibilidad de circular por estas zonas con la condición de disponer de un estacionamiento de uso público o un garaje privado. Aquí te dejamos el listado que ofrece el Ayuntamiento de Madrid sobre los aparcamientos públicos en las ZBE

Así, los coches podrán acceder a las ZBE si estacionan en un parking de uso público o privado adherido al sistema de gestión de permisos de la ZBE. En lo que respecta a las motor y ciclomotores, podrán circular sin restricciones en horario de 7:00 de la mañana a las 22:00 de la noche. 

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Etiquetas: Madrid, ZBE, DGT, Madrid 360