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La Guardia Civil investiga a un conductor por circular a 264 km/h y sin carné

Guardia civil investiga conductor a 264 kmh y sin carné

La Guardia Civil ha interceptado a un joven de 23 años que circulaba a 264 km/h por una carretera en la provincia de Segovia. Tras la investigación, constató que no tenía carné de conducir.

Pese a las continuas campañas por parte de la DGT y las diferentes autoridades para concienciar a la población de la importancia de respetar los límites de velocidad, siguen ocurriendo casos como este. La Guardia Civil ha investigado a un conductor por circular a 264 km/h y, además, sin carné de conducir.

Ha ocurrido en la provincia de Segovia, donde la Guardia Civil ha investigado a un joven de 23 años tras detectar un vídeo en el que circulaba con su vehículo a 264 km/h por la A-601, a la altura de Cuéllar, y sin poseer licencia de conducción.

El Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) de la Guardia Civil de Segovia detectó el 11 de marzo la publicación del vídeo, en el que se mostraba a este conductor al volante de un vehículo a esta velocidad que supera todos los límites legales.

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A 264 km/h y sin carné, con el coche del padre

La investigación ha concluido con la identificación de un joven de 23 años, así como el vehículo utilizado, un turismo de alta gama. Asimismo, los agentes constataron que el conductor nunca ha sido titular del carné de conducir.

Igualmente, verificaron que el titular del coche utilizado era el padre del conductor, por lo que también se le ha investigado como cooperador necesario en el delito de su hijo, según han informado las autoridades en un comunicado.

Una vez instruidas las correspondientes diligencias, fueron remitidas al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Cuéllar, donde se tramita el caso.

Tal y como establece el Código Penal en su artículo 384, “el El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días”.

Asimismo, el artículo 379 especifica que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

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Etiquetas: Guardia Civil