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Todas las restricciones que tiene un coche con Etiqueta B en Madrid desde el 1 de julio

Emisiones de carbono coche

Desde el 1 de julio de 2024, el Ayuntamiento de Madrid ha empezado a multar a los coches sin etiqueta de la DGT. Estas son las restricciones. 

El 30 de junio concluyó el plazo de aviso por parte de la Comunidad de Madrid para todos los vehículos que no poseen un distintivo ambiental. Es decir, desde el 1 de julio de 2024, el Ayuntamiento de la capital comenzará a imponer sanciones. Aquí te lo explicamos.

Nuevas restricciones de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en Madrid

Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) son áreas protegidas en las vías de la Comunidad de Madrid, donde se “prohíbe el acceso y la circulación a todos los vehículos clasificados como ambientales A en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico”, según informa el Ayuntamiento de Madrid.

Las ZBE de Madrid son parte del programa Madrid 360, que se encuentra en la Ordenanza de Movilidad Sostenible, implementada el 13 de septiembre de 2021. Esta ordenanza abarca 21 distritos de la ciudad y ha ido introduciendo restricciones de acceso y circulación de manera progresiva.

El objetivo de la Comunidad de Madrid es limitar el acceso a los vehículos que no cumplen con estándares sostenibles de emisiones de carbono, con el fin de tener una ciudad libre de contaminantes.

ZBE Madrid

En este contexto, Madrid 360 incluye dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP): Distrito Centro y Plaza Elíptica. Es importante mencionar que ha habido diferentes fases en la normativa:

  • Desde el 1 de enero de 2022, se prohíbe el acceso y la circulación en las vías urbanas dentro de la M-30, excluyendo la propia M-30, a vehículos con clasificación ambiental A, es decir, sin etiqueta de la DGT.
  • A partir del 1 de enero de 2023, estos vehículos tampoco pueden circular por la M-30 ni su interior.
  • Desde el 1 de enero de 2024, los vehículos sin etiqueta no pueden acceder ni circular por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.
  • A partir del 1 de enero de 2025, solo podrán acceder a la ZBE de Madrid los vehículos adaptados para personas con movilidad reducida, coches históricos y los vehículos de emergencias y Fuerzas Armadas.

Así llegamos a una de las fechas clave establecidas por la Ordenanza: el 1 de julio de 2024. Desde esta fecha, el Ayuntamiento comenzará a multar con 200 euros a todos los coches contaminantes que circulen por la M-30 y la M-40.

Entonces, ¿qué coches no podrán entrar por la M-30 y la M-40 a partir del 1 de julio de 2024? Aquellos sin distintivo de la DGT, es decir, los de gasolina matriculados antes de enero de 2000 y los diésel anteriores a 2006, además de los que no estén empadronados en la capital o registrados en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).

Restricciones que tienen en 2022 los coches con etiqueta B

En realidad, esta normativa entró en vigor el 1 de enero de 2024, pero no se emitieron multas durante los primeros seis meses. Es decir, desde el 1 de enero hasta el 30 de junio sólo se enviaron cartas informativas como aviso. Pero ahora, ese período ha terminado.

Los coches sin distintivo de la DGT no pueden circular por la M-30 ni la M-40

Zonas de Bajas Emisiones (ZBE)

Los turismos con clasificación ambiental A (diésel matriculados antes de 2006 y gasolina antes del 2000) no podrán acceder a las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid. El Ayuntamiento impondrá multas de 200 euros a los conductores que incumplan esta normativa. 

Desde el 1 de enero de 2024, el consistorio ha enviado más de 350.000 cartas informativas a los propietarios de vehículos cuya entrada a las ZBE está restringida, para informarles sobre la nueva regulación.

En este contexto, los vehículos sin distintivo podrán atravesar Madrid utilizando las vías M-40, M-45 y M-50, así como las autovías radiales hasta el límite de la M-40, las cuales están exentas de restricciones. De lo contrario, se enfrentarán a multas de 200 euros (100 euros con pronto pago).

Madrid ha creado un buscador de matrículas para evitar las multas: así puedes utilizarlo

Restricciones de los coches con etiqueta B de la DGT a partir del 1 de julio en Madrid 

Los vehículos con etiqueta B se refiere a los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados desde 2001, así como a los turismos y furgonetas ligeras diésel matriculados desde 2006 y, finalmente, a los vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, de cualquier combustible, matriculados desde 2006. 

En este caso, tanto los vehículos con etiquetas medioambientales B y C pueden seguir circulando sin restricciones, siempre y cuando estacionen en aparcamientos regulados. Asimismo, cabe resaltar que se multará a los coches no residentes, es decir, aquellos que no se encuentren domiciliados en la Comunidad de Madrid. 

Refiriéndonos a los turismos, no podrás acceder a las ZBE salvo que: 

  • Estaciones en un parking de uso público 
  • Estés empadronado en el Distrito Centro, y si tu vehículo es de tu propiedad esté domiciliado en la ciudad de Madrid 
  • Seas una empresa o un autónomo y ejerzas tu actividad en un local u oficina ubicada en Distrito Centro o seas invitado por uno de ellos.
  • Esté destinado al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Dispongas de una plaza de garaje particular o seas persona cesionaria o arrendataria de una plaza de aparcamiento municipal para residentes situada en el Distrito Centro.
  • Seas una VTC que cuente con servicio previamente contratado con origen o destino en la ZBEDEP si está acondicionado para que pueda entrar y salir, así como viajar, una persona en su propia silla de ruedas. El vehículo deberá estar asignado a esta finalidad con anterioridad al 24 de octubre de 2018.
  • Sea utilizado para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria, y de secundaria cuyas necesidades así lo exijan.

Pero, como decíamos, las restricciones más duras afectan a los vehículos sin distintivo, y no tanto a los coches con etiqueta B o C. Por no hablar, por supuesto, de aquellos con etiqueta Cero emisiones y ECO, los cuales gozan de la totalidad de beneficios o, mejor dicho, de no estar sometidos a ninguna restricción. 

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Etiquetas: Madrid, ZBE, DGT