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La multa de 200 euros que te pueden poner por circular por la M-30 y M-40

La multa de 200 euros que te pueden poner por circular por la M-30 y M-40

Claudia Pacheco

La M-30 y la M-40 de Madrid se cierran a los vehículos sin etiqueta de la DGT.

El 1 de julio de 2024 ha cambiado la forma de moverse en coche por las grandes ciudades de España. El Ayuntamiento de Madrid ha anunciado que empezará a multar a los vehículos con clasificación ambiental A que circulen en las famosas Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de la ciudad.

Los vehículos que no tienen etiqueta de la DGT no pueden circular entre la M-30 y la M-40 desde hace unas semanas, pero la capital española se ha puesto seria y ha empezado a multar. A pesar de los trucos virales en redes sociales como TikTok y la picardía de algunos conductores que utilizan todo tipo de aparatos para ocultar su matrícula, ahora será más difícil saltarse las restricciones.

El Ayuntamiento de Madrid estableció un periodo de prueba a partir del 1 de febrero de 2024 en el que recogería los datos de los vehículos que han circulado por una ZBE sin autorización. El 30 de junio se acabó el plazo y los conductores que circulasen entre la M-30 y la M-40 se exponían a multas de hasta 200 euros o 100 euros con la opción de pronto pago.

Madrid ha blindado las áreas con cámaras que leen la matrícula de los vehículos. Si no tienen la etiqueta de la DGT, les multarán automáticamente, aunque no supone la pérdida de puntos del carnet. Esto se suma a la presencia de agentes de la autoridad que controlan el tráfico.

Los vehículos que no podrán circular por la M-30 y la M-40 de Madrid

La Zona de Bajas Emisiones de la ciudad nació en enero de 2022 y se fue ampliando con las nuevas fases de la Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid. Las restricciones han llegado a todo el perímetro de la ciudad, incluso a los vecindarios más allá de la M-40 y todas las calles dentro del municipio.

La DGT establece las pegatinas B, C, ECO y CERO según el nivel de contaminación de cada vehículo. Los conductores con etiqueta A son los más afectados por las ZBE, pero otras clasificaciones tienen dificultades para moverse por las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de la almendra central de la ciudad y la Plaza Elíptica.

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Los vehículos diésel matriculados antes del año 2006 y los de gasolina previos al 2000 no podrán circular entre la M-30 y la M-40 a no ser que cumplan algunas condiciones: utilizar un parking de uso público, estar empadronado en el Distrito Centro y el vehículo es de su propiedad, acceder a un taller de la zona o tener una autorización para ejercer una actividad laboral, entre otras.

Los conductores tendrán que atravesar el término municipal de Madrid utilizando la M-40, M-45 o M-50. Los coches con etiqueta A también podrán utilizar las autovías radiales hasta el límite con la M-30 y la M-40.

El Ayuntamiento de Madrid ha creado un buscador de matrículas con el que los conductores pueden conocer si su vehículo está autorizado para circular por una Zona de Bajas Emisiones de la capital española.

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Etiquetas: ZBE, DGT